
La aprobación del nuevo Código Penal ha reavivado el debate sobre la defraudación tributaria, especialmente en las operaciones de compra y venta de inmuebles.
En los últimos días, abogados y especialistas han advertido que prácticas utilizadas durante años en algunas transacciones inmobiliarias podrían acarrear consecuencias penales más severas. Sin embargo, existe una realidad que muchos desconocen: la defraudación tributaria no nació con el nuevo Código Penal.
Un delito que ya existía
Mucho antes de la reforma penal, el Código Tributario (Ley 11-92) ya establecía que incurre en defraudación tributaria quien simule, oculte información o realice cualquier maniobra destinada a engañar a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para reducir o evitar el pago de impuestos.
La propia DGII explica que este delito comprende acciones como presentar declaraciones falsas, alterar documentos, ocultar información relevante o utilizar cualquier mecanismo fraudulento para disminuir las obligaciones tributarias.
El Código Tributario incluso contemplaba sanciones que incluyen multas, prisión, clausura de establecimientos, cancelación de permisos y otras medidas, dependiendo de la gravedad de la infracción.
El caso que más preocupa al sector inmobiliario
Uno de los ejemplos más comentados es el de una persona que compra un inmueble por RD$10 millones, pero en el contrato o en la documentación presentada ante las autoridades figura un precio de RD$2 millones, con el propósito de pagar menos impuestos por la transferencia.
Durante años esta práctica fue señalada por especialistas en materia tributaria como una posible forma de defraudación cuando existía una simulación deliberada del valor real de la operación.
Con el nuevo Código Penal, varios juristas consideran que este tipo de conductas podrían enfrentar una persecución penal más rigurosa si el Ministerio Público demuestra que existió un engaño intencional para afectar la recaudación de impuestos.
No toda diferencia de precio constituye un delito
Es importante aclarar que no toda diferencia entre el precio declarado y el valor comercial de una propiedad significa automáticamente que se ha cometido un delito.
En el mercado inmobiliario pueden existir diferencias entre el precio pactado por las partes, las tasaciones privadas y las valoraciones realizadas por la propia DGII.
Para que exista responsabilidad penal, las autoridades deben demostrar que hubo una maniobra fraudulenta destinada a inducir a error a la Administración Tributaria. Esa determinación corresponde al Ministerio Público durante la investigación y, finalmente, a los tribunales de justicia.
¿Qué cambia con el nuevo Código Penal?
Especialistas en derecho consideran que la principal novedad es el fortalecimiento del tratamiento penal de la defraudación tributaria dentro del nuevo Código Penal, enviando un mensaje de mayor rigor frente a quienes utilicen mecanismos fraudulentos para evadir impuestos.
Entre las consecuencias que podrían enfrentar quienes sean declarados culpables figuran penas privativas de libertad previstas en la nueva legislación, además de las responsabilidades tributarias y patrimoniales que correspondan conforme a la ley.
Asimismo, durante una investigación penal, el Ministerio Público puede solicitar al juez medidas cautelares sobre bienes presuntamente relacionados con el delito. No obstante, una incautación preventiva no significa que el Estado pase automáticamente a ser propietario del inmueble, ya que cualquier decomiso definitivo requiere una decisión judicial emitida dentro del debido proceso.
Un llamado a la transparencia
La reforma representa una advertencia para compradores, vendedores, inversionistas, agentes inmobiliarios, constructores y notarios sobre la importancia de declarar el valor real de las operaciones y cumplir correctamente con las obligaciones tributarias.
Más allá de las nuevas disposiciones del Código Penal, la transparencia en las transacciones inmobiliarias continúa siendo la mejor forma de evitar conflictos legales y fiscales.
En un contexto donde las autoridades buscan fortalecer la lucha contra el fraude tributario, los especialistas recomiendan documentar correctamente cada operación, conservar los soportes de pago y contar con asesoría profesional antes de formalizar cualquier compraventa.
Las primeras decisiones de los tribunales serán determinantes para establecer cómo se aplicarán estas nuevas disposiciones y cuál será su impacto real en el mercado inmobiliario de la República Dominicana.